Evaluación de los resultados de inspecciones de equipos de aplicación de fitosanitarios en Cataluña

A partir de los resultados de inspecciones de equipos de aplicación de fitosanitarios realizados en Cataluña, se puede afirmar que el porcentaje de pulverizadores con defectos antes de la inspección es importante y, por tanto, se consigue una mejora sustancial del parque de maquinaria. Esta mejora tiene un efecto positivo en la calidad de las aplicaciones de fitosanitarios, con un incremento general de su eficiencia y, por extensión con una disminución del riesgo sobre la salud y el medio ambiente.

Evaluación de los resultados de inspecciones de equipos de aplicación de fitosanitarios en Cataluña

Francesc Solanelles, Alba Fillat, Ferran Camp, Felip Gracia. Centre de Mecanització Agrària*. Departament d’Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació. Generalitat de Cataluña. *Laboratorio Nacional de Referencia de Inspecciones de Equipos de Aplicación de Fitosanitarios.

La directiva para el uso sostenible de los fitosanitarios (2009/128/CE) establece el marco legal para las inspecciones de los equipos de aplicación en uso en los Estados miembros de la Unión Europea. Según esta directiva, la inspección técnica obligatoria se justifica por los efectos negativos de los fitosanitarios en la salud humana y el medio ambiente.

La transposición a la legislación española del artículo 8 de la directiva a través del Real Decreto 1702/2011, de inspecciones periódicas de los equipos de aplicación de fitosanitarios, establece la obligatoriedad de la inspección de los equipos móviles inscritos en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) y utilizados en la producción primaria, agrícola y forestal, y en otros usos profesionales, que correspondan a los siguientes grupos: pulverizadores hidráulicos (barras o pistolas de pulverización), pulverizadores hidroneumáticos, pulverizadores neumáticos, pulverizadores centrífugos y espolvoreadores.

También se tendrán que inspeccionar los equipos de aplicación montados a bordo de aeronaves y los equipos instalados en el interior de invernaderos u otros locales cerrados. Se excluyen los pulverizadores de mochila y las carretillas de arrastre manual con depósito de hasta 100 l.

El ROMA ha demostrado ser una herramienta muy útil para la implementación de los programas de inspección. Desde la publicación del Real Decreto 1013/2009, sobre caracterización y registro de la maquinaria agrícola, la inscripción de la maquinaria de aplicación, tanto nueva como usada, es obligatoria. Además, es un requisito para poder realizar la inspección que la máquina esté registrada correctamente.

En el caso de los equipos en uso, se estableció un sistema de inscripción simplificado basado en una declaración por parte del titular de las características de la máquina. Todo ello ha permitido ir disponiendo de una relación cada vez más fiable de los equipos de aplicación realmente existentes en un área geográfica determinada.

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