Acuerdo político contra 16 prácticas comerciales desleales de la cadena alimentaria en la UE

Se aplicará a todos los productos agrícolas y alimentarios comercializados, a las pymes y a la distribución comercial, pero no incluye la "venta a pérdidas".

Acuerdo político contra 16 prácticas comerciales desleales de la cadena alimentaria en la UE

El Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión alcanzaron este miércoles 19 de diciembre un acuerdo político sobre un nuevo conjunto de normas que ofrecerán protección a la totalidad de los agricultores comunitarios y a una gran mayoría de las empresas agroalimentarias de la UE frente a prácticas comerciales desleales (PCD), contrarias a la buena fe y la equidad en la relación comercial.

La nueva directiva europea regulará los productos agrícolas y alimentarios comercializados en la cadena de suministro de alimentos, y prohibirá por primera vez hasta 16 prácticas comerciales desleales (PCD), impuestas unilateralmente por un socio comercial a otro.

No se incluye, sin embargo, la denominada «venta a pérdida», una práctica desleal y anticompetitiva, que se produce cuando el minorista vende al consumidor un producto como reclamo por debajo de su coste de producción, y que era una de las prioridades del sector agrario y agroalimentario español, junto a no limitar la aplicación de la nueva Directiva segúin la dimensión de las empresas.

Al respecto, además habrá otra serie de prácticas que solo se permitirán si están sujetas a un acuerdo previo, claro e inequívoco -sin ambigüedades, entre las partes involucradas.

La Comisión Europea presentó su propuesta de directiva en abril de 2018 para garantizar una mayor equidad en la cadena alimentaria y proporcionar una protección mínima en toda la Unión Europea. Esta es la primera vez que se aplicarán normas a escala comunitaria en este ámbito.

El nuevo marco legal, no obstante, otorga a los Estados miembros la autoridad necesaria para hacer cumplir la nueva legislación y para imponer, en su caso, sanciones en caso de infracciones constatadas.

El comisario de Agricultura y Desarrollo Rural, Phil Hogan, afirmó que “el acuerdo allana el caminio para una regulación legal por vez primera en la UE, que proporcionará una protección considerable a todos los agricultores comunitarios, a sus organizaciones y a las pequeñas y medianas empresas (Pymes) de la UE. De ahora en adelante contarán con protección contra todos los grandes operadores económicos que actúen de manera desleal y al margen de las reglas. Quisiera expresar mi agradecimiento a todos los negociadores, cuyo enfoque constructivo y arduo trabajo hizo posible el acuerdo político. Y, en especial, me complace que el acuerdo se haya logrado en un plazo notablemente corto de ocho meses desde que la CE presentó su propuesta».

El acuerdo alcanzado se aplicará a cualquier agente que participe en la cadena de suministro de alimentos con una facturación o volumen de negocios de hasta 350 millones de euros. Por debajo de ese umbral se ofrecerán diferentes niveles de protección.

Las nuevas normas se aplicarán a la distribución minorista, a la industria transformadora de alimentos, a  la distribución mayorista, a las cooperativas u organizaciones de productores, o a simples productores que realicen alguna de las prácticas comerciales desleales ahora identificadas.

Entre las PCD que se prohibirán ahora, cabe citar las demoras en los pagos de los alimentos perecederos; las cancelaciones de pedidos de última hora; las modificaciones unilaterales o retroactivas de los contratos de suministro; la obligación de que el proveedor se haga cargo de los gastos de los productos echados a perder o n malas condiciones, y el rechazo a realizar contratos por escrito.

Solo se permitirán otras prácticas si están sujetas a un acuerdo previo, claro e inequívoco (sin ambigüedade) entre las partes. Por ejemplo, si hay acuerdo para que un comprador devuelva productos alimenticios no vendidos a un proveedor; cuando un comprador cargue a un proveedor unos gastos  para asegurar o mantener un acuerdo de suministro de productos alimenticios, o cuando un proveedor, que corra con los gastos de una campaña de promoción, puublicitaria o de comercialización de un comprador.

La aplicación de estas nuevas normas no se traducirá en unos precios más altos para los consumidores, según la Comisión Europea.

Apoyo de los consumidores

En el curso de la consulta pública realizada por la Comisión Europea, antes de presentar la propuesta, las organizaciones de consumidores defendieron la regulación de estas prácticas, debido al efecto negativo que tienen sobre los consumidores a largo plazo.

Un aspecto importante de la directiva comunitaria es que los Estados miembros de la UE pueden fijar un umbral superior a los 350 millones de euros en su legislación nacional o adoptar medidas adicionales si lo consideran oportuno.

El acuerdo también incluye una cláusula de revisión de la directiva, que se establece en 4 años, lo que significa que las disposiciones del texto legislativo deberán evaluarse y, posiblemente, examinarse de nuevo en el trascurso del próximo mandato parlamentario.

Los Estados miembros deberán designarán a las autoridades o instancias encargadas de hacer cumplir las nuevas reglas, que en el caso español, es la AICA, y tendrán capacidad tmbién para imponer multas e iniciar investigaciones basadas en las denuncias que puedan realizarse.

Quienes presenten una denucnaia podrán solicitar el derecho a la confidencialiad para disipar las preocupaciones sobre posibles represalias.

Asimismo, la Comisión Europeas creará un mecanismo de coordinación entre las autoridades encargadas de hacer cumplir la nueva normativa, con objeto de facilitar el intercambio de buenas práctcias comerciales.

Tras el acuerdo, el siguiente pasó será una votación en el Parlamento Europeo y en el Consejo Europeo para adoptar formal y oficialmente el texto. Una vez que se adopte por completo, los Estados miembros deberán transponer en 24 meses el nuevo texto legislativo (directiva) a su legislación interna nacional.

Trabajo realizado

El programa de trabajo de la Comisión 2018 establecía que «la Comisión propondrá medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena de suministro de alimentos para ayudar a los agricultores a fortalecer su posición en el mercado y ayudar a protegerlos de futuras crisis».

Esta iniciativa sigue las referencias a la cadena alimentaria en los discursos de 2015 y 2016 del presidente de la CE, Jean-Claude Juncker, sobre el estado de la Unión, y es una respuesta política a la resolución adoptada en junio de 2016 por el Parlamento Europeo, que invitaba a la Comisión Europea a presentar una propuesta marco de regulación de las PCD en la cadena alimentaria en la Unión Europea.

Además, en diciembre de 2016, el Consejo instó a la Comisión a realizar una evaluación de impacto con vistas a proponer un marco legislativo comunitario u otras medidas no legislativas para hacer frente a tales prácticas.

La Comisión ha estado trabajando hacia una cadena de suministro de alimentos más justa y equilibrada desde el comienzo de su mandato. En 2016, la Comisión creó el Grupo de Trabajo sobre Mercados Agrícolas (AMTF) para evaluar el papel de los agricultores en la cadena de suministro de alimentos y hacer recomendaciones sobre cómo se puede fortalecer.

Sobre la base de estas recomendaciones, la Comisión lanzó una evaluación de impacto inicial y una consulta pública sobre la mejora de la cadena de suministro de alimentos en 2017, lo que a su vez ayudó a identificar las prácticas comerciales desleales específicas a las que los operadores consideran que están expuestos.

Un reciente sondeo de opinión en toda la UE, publicado en febrero de 2018, mostró que una gran mayoría de los encuestados (88%) considera que es importante fortalecer el papel de los agricultores en la cadena de suministro de alimentos.

El 96% de los encuestados en la consulta pública de 2017 sobre la modernización de la PAC estuvo de acuerdo con la proposición de que mejorar la posición de los agricultores en la cadena de valor, incluido el tratamiento de las prácticas comerciales no reguladas, debería ser un objetivo de la PAC.

Buena acogida del COPA-Cogeca

Después de dos meses de intensas negociaciones, los representantes del PE, el Consejo y la Comisión acordaron un compromiso final para limitar las PCD en la cadena de suministro de alimentos.

Esta decisión tan esperada es bien recibida por toda la comunidad agrícola europea. Desde el COPA-Cogeca están convencidos de que la aplicación de la Directiva resultante contribuirá a establecer relaciones más transparentes, equilibradas y más justas entre todos los actores involucrados en la cadena de suministro de alimentos.

Pekka Pesonen, secretario general del COPA-Cogeca, afirmó que hay que felicitar a todos los negociadores por su eficiente y valioso trabajo, especialmente al ponente, el  eurodiputado socialista Paolo De Castro; a la ministra de Agricultura austriaca,  Elisabeth Köstinger, y al comisario de Agricultura, Phil Hogan.

Durante más de diez años, el COPA-Cogeca ha  estado pidiendo una directiva que aborde las prácticas desleales en la cadena de suministro de alimentos y nos complace escuchar que esto se convertirá en una realidad para millones de agricultores y sus cooperativas en todos los Estados miembros».

Pesonen añadió que, ahora esperamos que tanto los representantes del Consejo de la UE, como los eurodiputados aprueben rápidamente el compromiso final para garantizar que la Directiva se aplique lo antes posible.

«Los miembros del COPA-Cogeca estarán pendientes de todo el proceso de transposición para asegurarse de que los principios fundamentales de la Directiva son coherentes entre los Estados miembros».

Mínimo de facturación

Por su parte, Cooperativas Agro-alimentarias afirma, en primer lugar, que el acuerdo mejora la propuesta de la Comisión Europea de Directiva para luchar contra las PCD, publicada el pasado 12 de abril, y permite contar con unos requisitos mínimos en el control y lucha contra las prácticas comerciales desleales a nivel europeo reforzando a su vez el mercado único.

Uno de los puntos de discusión entre las instituciones comunitarias fue el ámbito de aplicación a los operadores. El acuerdo establece un mínimo de facturación por debajo del cual el proveedor estará protegido por esta legislación de un comprador si éste tiene mayor de facturación, y propone varios niveles.

Sin embargo, a los proveedores cuya facturación supere los 350 millones de euros no se les aplicará esta legislación europea, porque finalmente no se ha tenido en cuenta la propuesta del Parlamento Europeo que proponía un ámbito de aplicación a todos los operadores independientemente de su tamaño, propuesta apoyada por las organizaciones de agricultores, cooperativas e industrias de la UE, los consumidores europeos, y numerosas organizaciones y ONGs.

Cooperativas Agro-alimentarias de España lamenta también que no se haya incorporado la venta a pérdidas en la lista de prácticas comerciales desleales, cuestión necesaria para conseguir una regulación más efectiva y que ha reclamado todo el sector productor europeo.

El acuerdo también amplía la lista de prácticas comerciales desleales incluyendo el abuso de información privilegiada, retorsiones comerciales impuestas por el comprador y pagos impuestos para publicidad o promoción.

Se establece también un periodo de pago mínimo de 30 días y 60 días para productos perecederos y no perecederos, respectivamente.

En este sentido el acuerdo contempla, a petición de Cooperativas Agro-alimentarias de España que las cooperativas sean excluidas de este requisito de periodo de pago para sus socios si en sus estatutos se recoge la forma de liquidación.

Otra cuestión que Cooperativas Agro-alimentarias de España ha reclamado, y también se ha incluido, ha sido el anonimato de las denuncias. El acuerdo incorpora que las organizaciones representativas puedan realizar denuncias, reforzado así el anonimato de la Directiva algo crucial para el éxito de ésta.

Asimismo, el acuerdo incluye que los operadores de la gran distribución con sede social fuera de la UE, pero que operen en la UE, también se les aplicará dicha Directiva.

También recoge que los Estados Miembros pueden establecer disposiciones adicionales algo que protege las disposiciones actuales de la Ley española de Cadena Alimentaria.

Este acuerdo debe ser ratificado por el Pleno del Parlamento Europeo y el Consejo y debe ser traspuesto a las legislaciones nacionales en 24 meses.

Actualmente, hay más de 20 países en la UE con una legislación sobre dichas prácticas, y una ausencia de legislación comunitaria provocaba, según Cooperativas, que cada país estableciera sus propias reglas habiendo sustanciales diferencias de trato entre distintos operadores y distintos requisitos. Con esta Directiva se establece un marco común de actuación algo que es positivo para un mercado único más integrado y para una cadena alimentaria europea más justa y trasparente.

Promesa cumplida

Tras el acuerdo firmado entre el Parlamento Europeo y el Consejo en las negociaciones interinstitucionales sobre la prohibición de las prácticas comerciales desleales en la cadena de suministro de alimentos, el jefe del equipo negociador del Parlamento y los ponentes de la Alianza Progresista de Socialistas y Demócratas (S&D), Paolo De Castro (ver texto adjunto) y Marc Tarabella, declararon de manera conjunta que “habíamos prometido erradicar, de una vez por todas, las prácticas comerciales más desleales y abominables en la cadena de suministro de alimentos mediante la mejora de la transparencia y la competitividad justa y eso está hecho.”

“Habíamos prometido armar las manos de los agricultores y los consumidores contra el chantaje y el acoso de las multinacionales y está hecho, y habíamos prometido asegurar la salud de los ciudadanos, defender el medio ambiente y reducir el desperdicio de alimentos y también está hecho”.

“Después de más de 10 años en un laberinto legislativo compuesto por 20 legislaciones nacionales diferentes, finalmente, el Parlamento Europeo, bajo el impulso decisivo del Grupo de S&D, llegó a un acuerdo con el Consejo, al final del procedimiento de trílogo.

“Por primera vez en Europa, ya no toleraremos prácticas injustas, como retrasos en los pagos o cancelaciones de pedidos a última hora para productos alimenticios perecederos Las multiplicaciones de precios «mágicas» del campo a la mesa están a punto de llegar a su fin, señaló este grupo.

“Lo hicimos, y la razón por la que lo hicimos es para estar a la altura de las expectativas justificadas de nuestros ciudadanos y productores. A partir de ahora, Europa es un lugar mejor para todos nosotros, los consumidores y los agricultores».

Venta a pérdidas

Por otro lado, el Gobierno reunirá el próximo 15 de enero al Observatorio de la Ley de la Cadena Alimentaria, encuentro en el que se abordará la nueva regulación de la venta a pérdida con representantes de los ministerios de Comercio, Agricultura y Sanidad, de las Comunidades Autónomas y del sector agroalimentario, según recoge la agencia EFEAgro.

Así lo ha puesto de manifiesto hoy el director de la Industria Alimentaria, José Miguel Herrero, en el taller «Buenas Prácticas Comerciales» organizado por la Federación de Industrias de la Alimentación y Bebidas (FIAB).

El Gobierno introdujo hace unas semanas una modificación de la Ley de Comercio minorista, que liga a partir de ahora la «venta a pérdidas» a la existencia de prácticas desleales, bien porque se induce a error al consumidor, porque se busca desacreditar la imagen de un producto o un establecimiento o cuando forme parte de una estrategia dirigida a eliminar a un competidor.

Estos cambios, adoptados por el Ejecutivo después de que el año pasado el Tribunal de Justicia de la UE considerara que la legislación española sobre «venta a pérdidas» era contraria al Derecho comunitario, han sido calificados de insuficientes por diferentes representantes del sector agroalimentario.

Por este motivo, tanto el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, como hoy mismo el director general de Industria Alimentaria han dejado la puerta abierta a evaluar su efectividad.

«Si estas regulación en insuficiente, plantearemos retoques para avanzar», señaló Herrero, quien informó que la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) recibe entre 30 y 50 denuncias al año por este tema.

Sin detallar los parámetros o los plazos que se tendrán en cuenta para analizar esta efectividad, ha señalado que no cree que «sea un periodo muy largo para ver si funciona o no».

Preguntado sobre si el modelo que se estudia en Francia (que los alimentos se  comercialicen al menos un 10% por encima del precio de adquisición al proveedor)  puede servir de ejemplo, Herrero señaló que si finalmente sale adelante «por qué no estudiarlo».

Herrero defendió esta cambio en la Ley de Comercio Minorista como un «paso adelante» con el objetivo de contar con instrumentos legales para abordar las asimetrías en la cadena alimentaria.

En este sentido, recordó que España cuenta con una regulación pionera en este sentido, la Ley de Mejora de la Cadena Alimentaria, que cumple en enero cinco años desde su puesto en marcha, una norma que fue «un paso importante».

También coincidiendo con este aniversario, el Ministerio de Agricultura tiene previsto celebrar el 31 de enero la Comisión de Seguimiento de esta ley y presentar los planes de trabajo para 2019.

Asimismo, quieren potenciar el Código de Buenas Prácticas Comerciales con campañas de información, otro asunto que incorporó esta normativa y que, a su juicio, requiere un nuevo impulso.

El taller de hoy sobre prácticas comerciales se ha celebrado mientras en la UE se debate sobre la directiva de prácticas en la cadena alimentaria, un debate «difícil» que ya ha originado ocho trílogos.

 

Archivo COPA-Cogeca [EN]: THE AGRI FOOD SUPPLY CHAIN AND THE UNFAIR TRADING PRACTICES (3)

Respuesta del ponente de S&D, Paolo de Castro [EN]:  UTPs – Esito negoziazioni interistituzionali (Ufficio De Castro)

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