Covid-19: Permitida la circulación de vehículos de empresas del sector de la maquinaria agrícola

Ansemat recuerda que quedan excluidos de las restricciones de circulación establecidas por la crisis sanitaria del Covid-19 los vehículos destinados a producción, distribución, alquiler y reparación de equipos y maquinaria para la agricultura y la ganadería y su industria asociada.

Covid-19: Permitida la circulación de vehículos de empresas del sector de la maquinaria agrícola

El BOE de hoy recoge la Orden INT/284/2020, de 25 de marzo, por la que se modifica la Orden INT/ 262/2020, de 20 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor.

Conforme a lo establecido en el artículo 1.2, quedan excluidos de las restricciones de circulación, siguiendo las pautas establecidas por la legislación vigente, a los vehículos destinados a la producción, distribución, alquiler y reparación de equipos y maquinaria para la agricultura, la pesca, la ganadería, y su industria asociada, lo que incluye la actividad realizada por fabricantes de máquinas y sus componentes, distribuidores y concesionarios, empresas de alquiler, y de reparación y mantenimiento de máquinas para la agricultura y ganadería.

Desde la asociación se ruega encarecidamente a todas las empresas seguir las medidas y protocolos de seguridad para eliminar el riesgo de contagio por Covid-19 durante el desarrollo de todas sus actividades.

 

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