Mayor seguridad jurídica para los fondos y programas operativos de las OP de frutas y hortalizas

El Consejo de Ministros aprobó este viernes 21 de septiembre, a propuesta del MAPA, el Real Decreto 117/2018 por el que se regulan los fondos y programas operativos, a través de los que reciben ayudas las organizaciones de productores (OP) de frutas y hortalizas (BOE, 22 de septiembre).

Mayor seguridad jurídica para los fondos y programas operativos de las OP de frutas y hortalizas

Este RD viene a sustituir la normativa vigente y desarrolla las disposiciones relativas a las ayudas de la Unión Europea, a través de los programas operativos de las OP del sector hortofrutícola (OPFH).

Su objetivo es recoger algunos aspectos que la normativa comunitaria deja a desarrollo por parte de los Estados miembros, y conseguir que tanto las autoridades competentes de las CC.AA, como las OPFH tengan seguridad jurídica en todo el procedimiento de gestión de estas ayudas, que ascienden a 200 M€ al año.

En concreto, el nuevo Real Decreto contempla la inclusión de las nuevas disposiciones del Reglamento Ómnibus, que incluyó modificaciones de la PAC, (2017/2393 del Parlamento Europeo y del Consejo) y sus correspondientes reglamentos de desarrollo de la Comisión Europea (CE).

Entre ellas figuran la nueva acción de prevención y gestión de crisis de “asesoramiento a productores individuales por parte de OP o Asociaciones de Organizaciones de Productores (AOP)”; la ampliación de acciones ya existentes con “diversificación y consolidación de mercados”, y la “reposición de fondos mutuales” o la flexibilización de la incompatibilidad de estas ayudas con la medida de creación de OP de Desarrollo Rural.

También se contempla la inclusión de las medidas estructurales que afectan a los programas operativos recogidas en el “Plan de Medidas para el Sector de la Fruta Dulce” para contribuir al equilibrio de oferta – demanda en este sector.

Se introducen, asimismo, cambios de redacción solicitados por las CCAA y el sector con el fin de mejorar la seguridad jurídica.

Con esta  nueva norma se prorroga la fecha límite para la presentación de los programas operativos, sus modificaciones y el fondo operativo para el año siguiente, que pasa del 15 de septiembre al 5 de octubre, tal y como permite la normativa de la Unión Europea.

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