Se abre el procedimiento sobre las ayudas directas al sector productor de vacuno de leche

Se abre el procedimiento sobre las ayudas directas al sector productor de vacuno de leche

El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) publicó este 9 de septiembre los seis reglamentos de aplicación de las nuevas ayudas comunitarias sobre las medidas para restaurar el equilibrio de mercado y para mejorar la liquidez de los ganaderos. Por su parte, el Ministerio de Agricultura confirmó que las ayudas para reducir la producción lechera son solo para leche de vaca, y no de oveja o cabra.

La Comisión Europea dispone de 350 millones de euros, que se ha repartido en “sobres nacionales” entre los Estados miembros productores (a España le corresponde, 14,6 M€) como ayuda directa para la mejora de la liquidez de los ganaderos.

Bruselas permite aportar fondos nacionales (Magrama-CC.AA.), hasta igualar la cantidad del “sobre” asignado. Por ahora, ni Ministerio, ni Comunidad Autónoma alguna han informado si dispondrán de un apoyo adicional, mientras que en la UE, tanto Francia, como Alemania, sí anunciaron ya que doblarán con dinero nacional la aportación comunitaria.

El Ministerio de Agricultura tiene hasta el 30 de noviembre para presentar el programa nacional, donde se recoja cómo se van a repartir estas ayudas directas, aunque ya plantea al sector que utilizará un sistema que se apoyo en el régimen de ayudas asociadas al vacuno de leche, dirigiendo prioritariamente las ayudas en función de los pequeños agricultores –menos de 75 vacas-, zonas de montaña o insular y ganaderos integrados en una Organización de Productores (OP). Estos últimos, contarán con una bolsa de ayuda, aún por determinar, a mayores de la otra.

En relación a las medidas para restaurar el equilibrio del mercado –ajuste de producción-, todas las explotaciones de vacuno de leche que a 1 de julio no hayan hecho entregas de leche no se pueden acoger a estas ayudas, que suponen unos 0,14 €/kg.

En caso de explotaciones que en julio entreguen, pero que en agosto hayan decidido cerrar su explotación, podrán acogerse a la ayuda, pero el FEGA comprobará luego “in situ” si ha habido de verdad reducción y ver si han cerrado, mientras que para el resto de solicitudes se comprobará el documento que acredite entregas en el periodo de reducción sobre el de referencia.

Para acogerse a tal ayuda, un ganadero deberá dejar de producir un mínimo de 1.500 kg de leche (1.456 litros) y si es más del 50% de las entregas del periodo de referencia, se le ajustará la solicitud de ayuda al 50%, siendo, por tanto, mejor que ponga directamente esa cantidad reducida.

Solo se podrá presentar una solicitud por beneficiario, excepto para el primer y cuarto periodo, pero si un ganadero pide ayuda para el primer y luego para el segundo, se anularán las dos solicitudes.

Por otro lado, aunque el reglamento comunitario permite a los Estados miembros que las OPs y las cooperativas puedan hacer las solicitudes en nombre de sus ganaderos, las CC.AA. se ponen a que en España sea así, manifestando su deseo que solo las puedan pedir los ganaderos de forma individual, aunque formen parte de una OP o cooperativa.

Reducción productiva

Tal y como se recoge en el reglamento, el ganadero que solicite estas ayudas se ha de comprometer a reducir o a no incrementar su producción en un periodo de referencia (octubre-diciembre o, en su caso, noviembre-enero o diciembre-febrero o enero-marzo) en relación con el mismo periodo del año anterior.

Para el cobro de la ayuda en 2017 (fecha límite antes del 30 de septiembre de 2017) se comprobará que el ganadero no tenga el próximo año más vacas que en 2016, porque si tiene más, no la cobrará.

La fecha límite, establecida reglamentariamente, para presentar la primera solicitud completa es la del miércoles 21 de septiembre. El 30 de este mismo mes, el ganadero debería saber la cantidad autorizada que la Comisión le financiará, a razón de 0,14 €/kg para el primer periodo que va de octubre a diciembre, ambos meses incluidos. Las fechas límite de solicitud para los periodos posteriores son 12 de octubre, 9 de noviembre y 7 de diciembre.

En relación con las ayudas de la PAC, el ganadero podrá recibir hasta el 70% de las ayudas directas de la PAC 2016 y el 85% de las ayudas recogidas en las medidas del Programa de Desarrollo Rural (PDR) a partir de octubre de 2016, aunque cada Estado podrá o no ponerlo en marcha (España aún no lo ha decidido).

En este sentido, el FEGA publicó también este 9 de septiembre el Anuncio para la concesión de ayuda de redución de la producción de leche de vaca. (Ver archivo ANUNCIO_AYUDA_REDUCCION_PRODUCCION_LECHERA

En cuanto a las ayudas asociadas, cada Estado miembro puede aprobar que exclusivamente en 2017 este pago vinculado a la producción podrá concederse en función de las producciones de 2016 y no de las de 2017, de tal forma que los ganaderos de vacuno de leche puedan acogerse a la reducción temporal de la producción sin que, por el contrario, se vean penalizados en esta ayuda. Si España se acoge a esta media, no se harían el año próximo las cuatro comprobaciones de animales en la explotación, ya que valdrían las de 2016, es decir, en función de las vacas que hubiesen percibido esa ayuda este año (no sobre las que se hubiese solicitado).

No obstante,  un ganadero que haya cobrado el pago asociado en 2016 y en 2017 hubiese abandonado la producción, no tendrá derecho a la ayuda. Es decir, que habrá que seguir produciendo y entregando leche en 2017 –al menos durante seis meses-.

 

Ficheros Adjuntos Los ficheros adjuntos son visibles únicamente para usuarios registrados.
¿ No estas registrado?

Desarrollado por eMutation New Media.