El PE pide tasar algunas importaciones, como los fertilizantes, para avanzar en los objetivos climáticos

Con objeto de elevar la ambición climática global y evitar la llamada «fuga de carbono», la Unión Europea debería tasar algunas importaciones procedentes de países menos exigentes en este ámbito, según acordó el Pleno del Parlamento Europeo.

Este 10 de marzo el Pleno del Parlamento Europeo adoptó con 444 votos a favor, 70 en contra y 181 abstenciones, una resolución sobre el establecimiento de un mecanismo de ajuste en frontera por emisiones de carbono, que sea compatible con las reglas de la Organización Mundial de Comercio (OMC).

El texto subraya que la creciente ambición de la UE en la lucha contra el cambio climático no debe conducir a la llamada “fuga de carbono”, pues el esfuerzo no dará resultado si la producción comunitaria simplemente se traslada a otros países con reglas menos estrictas para las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI).

Al respecto, los eurodiputados plantean fijar un precio a la importación de ciertos productos si vienen desde países cuyos objetivos medioambientales no son lo suficientemente ambiciosos. Esto crearía unas condiciones de competencias más justas e incentivaría a todos los países a intensificar sus esfuerzos para lograr los objetivos del Acuerdo de París.

El Parlamento recalca, no obstante, que cualquier mecanismo debe ser compatible con las reglas de la OMC y no ser utilizado como herramienta para aumentar el proteccionismo.

Tiene, por tanto, que estar diseñado exclusivamente para impulsar la consecución de objetivos climáticos. Los ingresos generados deben ir al presupuesto de la Unión y dedicarse a la acción por el clima y los objetivos del Pacto Verde.

Mecanismo vinculado al Sistema de Comercio de Emisiones (ETS)

El Parlamento Europeo quiere que el mecanismo de ajuste en frontera por emisiones de carbono se encuadre en una estrategia industrial más amplia y que abarque todas las importaciones de productos y materias primas cubiertos por el sistema de comercio de emisiones.

Como punto de partida (ya para 2023), y tras una evaluación de impacto, debe incluir al sector eléctrico y los sectores industriales con gran consumo de energía, como el cemento, el acero, el aluminio, el refinado de petróleo, el papel, el vidrio, los productos químicos y los fertilizantes, que siguen recibiendo importantes derechos de emisión gratuitos y representan aún el 94 % de las emisiones industriales de la Unión.

Los eurodiputados creen que vincular el precio de carbono en el nuevo mecanismo al de los derechos de emisión ayudará a combatir la “fuga de carbono”, pero advierten de que la implantación del nuevo sistema no debe conducir a que las instalaciones de la UE gocen de doble protección.

Tras la votación, el ponente Yannick Jadot (Verdes/EFA, Francia) señaló que “tenemos la oportunidad de conciliar cuestiones relacionadas con el clima, la industria, el empleo, la resiliencia, la soberanía y la deslocalización. No seamos inocentes y asegurémonos de que todos los productos tienen la misma tasa por su uso de carbono, estén o no fabricados en la UE, para garantizar que los sectores más contaminantes contribuyen a la lucha contra el cambio climático e innovan para avanzar hacia la descarbonización. Este mecanismo ayudará a que nos mantengamos bajo el umbral de calentamiento de 1,5º al tiempo que incentivamos a otros países a ser igual de ambiciosos si desean acceder a nuestro mercado”.

Próximos pasos

La Comisión Europea prevé presentar una propuesta legislativa para establecer un mecanismo de ajuste de carbono en frontera en la segunda mitad de 2021, como parte del Pacto Verde europeo, acompañada de otra iniciativa sobre cómo incluir los ingresos generados en el presupuesto comunitario.

En este sentido, el Parlamento ha jugado un papel clave en elevar la ambición de la UE en este ámbito, pues hay que recordar que ya, en noviembre de 2019, la Eurocámara declaró una emergencia climática.

Texto aprobado:

Un mecanismo de la Unión de ajuste en frontera por emisiones de carbono compatible con la OMC – P9_TA-PROV(2021)0071. Edición provisional

 

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