El MAPA reducirá volúmenes mínimos de facturación y sectores para impulsar las EAPs agroalimentarias

El MAPA reducirá volúmenes mínimos de facturación y sectores para impulsar las EAPs agroalimentarias

El Ministerio de Agricultura ha propuesto una Orden para modificar el anexo I del Real Decreto 550/2013, de 27 de junio, por el que se desarrollan los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento de las Entidades Asociativas Prioritarias (EAPs) y para su inscripción y baja en el Registro Nacional de EAPs, previsto en la Ley 13/2013, de 2 de agosto, de fomento de la integración de cooperativas y de otras entidades asociativas de carácter agroalimentario.

El objetivo del MAPA es continuar impulsando medidas que fomenten la concentración de la oferta en origen y la potenciación de grupos comercializadores de base cooperativa y de dimensión suprautonómica, revisando todo su contenido en lo que respecta a los volúmenes de facturación previstos, para considerar la evolución del sector asociativo producida desde su publicación y la necesidad de incentivar nuevos reconocimientos de EAPs.

 

La Orden persigue acometer una revisión de los volúmenes mínimos de facturación, establecidos en el citado Anexo I del RD 550/2014, así como la simplificación y supresión de algunos sectores que no reflejan la especialización productiva actual de las cooperativas y que, por ello, no han dado lugar al reconocimiento de entidades asociativas sectoriales.

Uno de los principales cambios propuestos está en los volúmenes mínimos para un reconocimiento genérico (conjunto de productos agroalimentarios comercializados por la entidad), cuyo volumen de facturación total de la entidad (y de sus entidades participadas, es decir, el importe neto de la cifra de negocios) baja de 750 M€ que exigía la normativa de 2014 a 150 millones, incluso permitiendo reducir un 30% el valor de la facturación cuando la entidad solicitante de ser reconocida como EAP sea una cooperativa agroalimentaria de primer grado.

Además, el volumen mínimo exigido para el reconocimiento como EAP será el 50% de la facturación establecida por los distintos subsectores para los se solicita reconocimiento para aquellas entidades asociativas de carácter agroalimentario, cuyas actividades cooperativizadas estén referidas a varias y distintas producciones de las mencionadas en el aparta a) del anexo I (volúmenes mínimos para el reconocimiento por producto).

Los productos  agroalimentarios incluidos en el listado (CNAE 2009) para los cuales se incluye volúmenes mínimos de facturación total de la entidad (incluidas participadas) son la fabricación de productos para la alimentación de animales de compañía; apícola; arroz; avicultura de puesta; carne de conejo; champiñón; flores y plantas de vivero; forrajes deshidratados; frutas de hueso; frutas tropicales y subtropicales y plátanos; frutos secos; mostos, vinos y alcoholes; ovino de leche y/o carne; caprino de leche y/o carne; patata; porcino ibérico; tomate transformado; transformados hortofrutícolas (excepto tomate), y vacuno de carne.

EAPs reconocidas

Actualmente hay 13 EAPs reconocidas a nivel nacional, aunque fueron reconocidas 15 en un principio, dándose de baja posteriormente en distintas fechas dos de ellas (Oviespain SL, el 18 de abril de 2016  e Indulleida, el 5 de febrero de 2020).

La relación que se mantiene en el registro de EAPs del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación incluye con reconocimiento genérico (para varios productos agroalimentarios) a Dcoop SCA (2º grado); AN SC (2º grado) y Sociedad Cooperativa Andaluza Ganadera del Valle de los Pedroches (COVAP (1ºgrado); en ovino  de leche y carne, a EA Group SC (2º grado), Oviaragón SCL (1º grado) y al Consorcio de Promoción del Ovino (1º grado).

En porcino ibérico, a Ibérico de Comercialización SCL (1º grado); en integración vertical y alimentación animal (piensos) a Sociedad Cooperativa Limitada Bajo Duero, Cobadú (1º grado); en frutos secos, a Unió Nuts SCCL (2º grado); en fabricación de productos para la alimentación de animales de compañía a Cotécnica SCCL (2º grado); en leche y productos lácteos a Corporación Alimentación Peñasanta (CAPSA); en caprino de leche y carne, a Alimentos del Mediterráneo S.Coop (Alimer), y en hortalizas (excepto patatas), a Única Group.

Borrador de Orden Ministerial: borradordeordendemodificacionanexoird550_14_

Listado de EAPs reconocidas: listadogeneraltodaslasentidades_

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