La revisión de la normativa de la UE sobre bienestar animal: nuevas propuestas  

La revisión de la normativa de la UE sobre bienestar animal: nuevas propuestas   

Esperanza Orellana. Directora general de Producciones y Mercados Agrarios. MAPA

Desde que hace casi 15 años, en septiembre de 2008, la Comisión Europea presentó su propuesta de reglamento sobre la protección de los animales en el momento de la matanza, no ha vuelto a poner sobre la mesa un texto que modifique sustancialmente la legislación sobre bienestar animal en la actividad ganadera. Hace pocos meses, y en contraste con esta inactividad de casi tres lustros, la CE ha anunciado que presentará en septiembre de este año la propuesta de cuatro reglamentos sobre protección de los animales, tres de los cuales afectarían todas las fases de la producción ganadera (en las granjas, durante su transporte y en el momento de su matanza) y el cuarto regularía el etiquetado de alegaciones sobre bienestar animal de los productos.

Esta iniciativa se encuadra en la nueva orientación de las políticas de la UE, plasmadas en el Pacto Verde, cuyo objetivo es lograr la neutralidad climática y preservar el medio ambiente natural europeo y la biodiversidad. La estrategia «De la granja a la mesa», adoptada en mayo de 2020, concreta esa orientación e incluye el bienestar animal como uno de los elementos de la sostenibilidad en la producción ganadera.

Necesidad de cambios legislativos

En todo el proceso actual, la CE ha emprendido dos tareas de forma paralela. Por una parte, ha realizado un control de adecuación (fitness check) de la normativa vigente, evaluando si las normas actuales cumplen con los principios de buena regulación, es decir, son eficaces, eficientes, pertinentes y coherentes, incluyendo su coherencia con otras normas del ámbito medioambiental, alimentario, así como con el mercado interior. El resultado de este control se ha publicado en octubre de 2022 y, como era previsible, ha confirmado la necesidad de cambios en la legislación y que la intervención de la UE en este ámbito es un valor añadido.

Por otra parte, la puesta en marcha del proceso de elaboración de nuevas normas incluye la elaboración de una evaluación del impacto que tendrían las distintas propuestas, teniendo en cuenta los aspectos económicos y sociales, así como la actualización de los conocimientos científicos sobre bienestar animal, tarea que está realizando la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA).

En cuanto al uso de animales con fines agrícolas, hay que tener en cuenta que la normativa actual se perfiló sobre las bases del Convenio del Consejo de Europa, aprobado en 1976. Por lo tanto, aunque muchos de los principios básicos siguen siendo válidos (como es la necesidad de que el personal que atiende a los animales tenga la formación necesaria o que los alojamientos sean adecuados), hay varios asuntos básicos que justifican la revisión.

Justificación de la revisión

Desde el punto de vista de coherencia normativa, solo cuatro tipos de animales cuentan con legislación específica (las gallinas ponedoras, los pollos de carne, los terneros menores de 6 meses y los cerdos), de forma que otros sectores, tan importantes en la UE como el vacuno de leche o que están en plena expansión, como es el de los pavos, solo disponen de normativa básica. Ni siquiera en los sectores más regulados se incluyen los animales reproductores, lo que se ha señalado también como una deficiencia de la regulación actual. La ausencia de normas para la acuicultura, sector que cría a cientos de millones de animales cada año, es también significativa. Por ello, es evidente la oportunidad y conveniencia de una revisión legislativa.

Pero desde el punto de vista social (y quizá también económico) el asunto llamado a causar más controversia es el fin del uso de las jaulas en la ganadería. En efecto, la adopción de la iniciativa ciudadana europea “Acabemos con las jaulas” (End the Cage Age, en su versión original), y la respuesta positiva de la CE, declarando que tiene la intención de proponer la eliminación gradual y, finalmente, la prohibición del uso de dichos sistemas de jaulas, para todas las especies y categorías incluidas en la iniciativa, supone un cambio muy significativo para la ganadería europea.

 La incógnita del impacto

La incógnita actual es en qué medida la evaluación de impacto que está llevando a cabo actualmente avalará esa decisión de la CE, que tomó antes de disponer de esa evaluación y de los informes de EFSA y, si sigue adelante, los plazos que va a proponer para esta prohibición.

No cabe duda de que una decisión de esta envergadura debe tomarse sobre la base de sólidos análisis de impacto y de la mejor evidencia científica. Asimismo, considerarse también el posible impacto en la competitividad y rentabilidad de la ganadería europea de la evidente falta de simetría o de reciprocidad en las condiciones de cría de los productos que se importan de países no pertenecientes a la UE.

La protección de los animales durante su transporte ha sido y sigue siendo el asunto más controvertido en el ámbito del bienestar animal en la UE, a pesar de la pequeña proporción del total de su vida que un animal pasa en el transporte. En este ámbito, las mayores controversias se encuentran en tres asuntos: las exportaciones a países no miembros de la UE, la duración máxima de los viajes y las temperaturas extremas (máxima y mínima) a la que se pueden transportar los animales.

Sobre las distintas posibilidades de regulación de estos asuntos ya existen dos grupos de Estados miembros. Uno de ellos, conocido como grupo de Vught (por la ciudad de los Países Bajos donde se reunió por primera vez) y formado por Alemania, Dinamarca, Países Bajos y Suecia, al que posteriormente se han unido Bélgica y en ocasiones Austria, aboga por que la futura legislación restrinja claramente dicha actividad, no solo por su impacto sino por sus implicaciones (tales como la imposibilidad de asegurar la protección de los animales una vez exportados).

El otro grupo, que está a favor de mejoras en las condiciones para los animales, mayores exigencias para los operadores y en los controles oficiales, pero sin impedir que se sigan transportando animales (excepto en casos extremos) está formado por Chipre, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Letonia, Lituania, Rumanía y España, así como Portugal, país del que partió la iniciativa presentada en el Consejo de Ministros de enero de 2023.

Legislar mejor en lugar de prohibir

Desde la perspectiva española, existe margen para la mejora de las condiciones de bienestar de los animales durante su transporte a través de un mejor control de operadores y procesos, que permita un adecuado manejo de los animales. En otras palabras, legislar mejor en lugar de prohibir, máxime teniendo en cuenta el importante efecto comercial y económico que una prohibición de este tipo tendría sobre los países periféricos de la UE.

En cuanto a la protección de los animales en el momento de su matanza, a priori parece ser el asunto menos controvertido, dado que la normativa actual es la que menos antigüedad tiene. No obstante, también hay puntos controvertidos, como el de la matanza de pollitos de un día, asunto que hace pocos años pasaba totalmente desapercibido y que, evidentemente, debe tratar de evitarse una vez esté puesta a punto la tecnología que permite identificar el sexo del pollito en fase embrionaria, de forma que se destruyan los huevos y se evite que nazcan animales que van a ser sacrificados inmediatamente después. Quizá este sea un buen ejemplo de la forma en que la tecnología puede ayudar a modernizar la ganadería y ponerla en línea con las preocupaciones sociales.

La cuarta propuesta sería la de las alegaciones sobre bienestar animal en el etiquetado de los productos de origen animal, que es la que presenta más incógnitas, puesto que ahora mismo no existe normativa sobre ello. Es evidente que se ha hecho necesario una regulación comunitaria sobre este asunto, tras la paulatina y, desde el punto de vista del mercado interior, desordenada aparición de estos etiquetados en varios países de la UE, incluyendo España, al carecer de normativa marco específica.

Como asunto transversal, la gran incógnita actual es la respuesta que se dará a la petición de muchos países, entre ellos España, a que las importaciones de productos animales de fuera de la UE cumplan con los mismos requisitos que los comunitarios, igual que ocurre ya con los establecidos para los mataderos autorizados para exportar carne a la UE.

La reciprocidad en las normas para estos países y el debate sobre ello no solo afecta a bienestar animal (baste recordar el caso del uso de pesticidas) pero su complejidad a la hora de abordarlo en el marco de la Organización Mundial de Comercio permanece sin solucionar, excepto en el caso de las pieles de foca sobre los que la OMC ya ha resuelto (favorablemente para la UE) al respecto. Quizá el etiquetado puede ser usado como herramienta para encontrar una vía de trabajo, de forma que se permita comercializar productos que no cumplen con las normas UE solo si van claramente identificados.

En definitiva, la Comisión Europea ha abordado una revisión legislativa de una forma que no había hecho desde hace más de 30 años, cuando al adoptar el Acta Única Europea se fijó el 1 de enero de 1993 como fecha de realización del mercado interior y se reevaluó toda la normativa que existía en aquel entonces. Si la CE cumple con sus propios plazos, la Presidencia española de la Unión Europea será la ocasión de empezar a negociar el futuro del bienestar animal de la ganadería europea.

Publicado en AgroNegocios. Nº 788

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