Paso importante en la política de protección fitosanitaria de la UE. Por Cirilo Arnandis

Paso importante en la política de protección fitosanitaria de la UE. Por Cirilo Arnandis

 

Por Cirilo Arnandis, presidente Grupo de Trabajo de Cítricos de Cooperativas Agro-alimentarias de España

Tras solicitarlo el sector y el Gobierno de España, la Comisión Europea ha propuesto un sistema más eficaz de defensa fitosanitaria frente a nuevas plagas presentes en países importadores de cítricos a la UE aunque, de momento, solo cubriría a la naranja.

Estamos muy cerca de que la Unión Europea imponga a corto plazo un sistema más eficaz de protección fitosanitaria frente a las plagas presentes en países importadores de cítricos al mercado comunitario.

Esa sería la conclusión del debate del SCoPAFF (Comité Permanente de Plantas, Animales, Alimentos y Piensos), mantenido por los Estados miembros y la Comisión Europea el pasado lunes 31 de enero, donde Bruselas presentó dos propuestas de reglamentos, justificadas por los funcionarios comunitarios con profusos argumentos técnicos, centrados en la priorización de la seguridad de las plantaciones europeas y en la coherencia con la nueva política fitosanitaria de la UE (que cataloga a determinadas plagas -como la «falsa polilla»- como prioritarias por su gran impacto económico, medioambiental y social).

La discusión se circunscribió así, ¡por fin!, al ámbito fitosanitario. Una mayoría de Estados miembros asumieron finalmente la necesidad de atajar las crecientes amenazas que sobrevuelan la UE y de aportar soluciones eficaces.

Que Bruselas haya transitado hasta este punto, es el fruto de años de reclamación del sector de los cítricos español, secundado por el europeo (liderado por Cooperativas Agro-alimentarias de España) y del excelente trabajo del Ministerio de Agricultura, que han persuadido a la Comisión y a una mayoría de Estados miembros.

Durante años, el sector citrícola español y el MAPA han peleado para llamar la atención de la UE sobre el riesgo inasumible que sufren las plantaciones citrícolas europeas. Hasta ahora, ni el número de interceptaciones, ni los informes de la propia EFSA, ni pruebas de irresponsabilidad manifiesta que han dado las Administraciones de determinados países importadores, ni los agravios comparativos que se han ido denunciando habían sido suficientes para contrarrestar el criterio que venía prevaleciendo en Bruselas: el interés económico y comercial de un puñado de operadores.

Ahora parece que se ha impuesto la razón, la coherencia de la UE con sus propios principios, la ecuanimidad y la necesidad de proteger al sector hortofrutícola: en este caso a un cultivo estratégico como el citrícola, que concentra más de 550.000 hectáreas, es responsable de la actividad económica y del empleo en múltiples regiones productoras y garantiza el suministro estable del consumidor europeo, con una producción de entre 10 y 12 millones de toneladas, de máxima calidad, sometidas a los estándares socio-laborales, medioambientales y de seguridad alimentaria más exigentes del mundo.

El logro más destacable, dentro del primer reglamento presentado, sería la imposición de la obligación del “tratamiento de frío” para las naranjas importadas desde lugares de producción contaminados por Thaumatotibia leucotreta, o “falsa polilla”, como Sudáfrica (entre otros orígenes que se enumeran: Continente Africano, Cabo Verde, Santa Elena, Madagascar, la isla Reunión y Mauritania, de entre los cuales se ha excluido a Israel).

La Comisión se ha mostrado sensible y atendería así a la demanda del sector que venía reclamando esta condición como única manera eficaz para prevenir el riesgo de entrada en la UE de esta peligrosísima plaga. Una plaga que podría atacar a múltiples especies (no solo la naranja, ni siquiera solo a los cítricos) y contra la cual no habría posibilidad de erradicación, a falta de tratamientos autorizados.

Mismos requisitos

Se estaría confirmando que la UE quiere dejar de ser la excepción – en comparación con otros países importadores donde el “tratamiento de frío” es obligatorio desde hace años como Estados Unidos, Japón, Corea o Australia-, que ya no dudará en empezar a aplicar a los terceros países -cuando entran en la UE- los mismos requisitos que los Estados miembros -como España- deben satisfacer para salir de la UE desde hace años, obedeciendo a inexorables “protocolos de exportación”.

En el segundo de los reglamentos que la Comisión está tramitando, se plantea la modificación de las condiciones de entrada de los cítricos importados a la UE desde países con presencia de Phyllosticta citricarpa (“Mancha Negra”), otra de las plagas que amenaza la citricultura europea, que ha registrado, sólo en 2021, 43 interceptaciones en la procedencia desde Sudáfrica y 28 desde Zimbawe.

En este caso, se refuerza y se extienden los controles a la importación en vigor, aunque -incomprensible e inaceptablemente- se aligerarían las condiciones para el “canal de cítricos destinados a zumo”. Este segundo reglamento podría ser definitivamente adoptado en el SCoPAFF a finales de febrero e inmediatamente publicado.

A la primera disposición, con las medidas relativas a Thaumatotibia leucotreta le queda aún un recorrido un poco más largo. Una vez celebrada la sesión de esta semana y a la vista de la reacción de los EE.MM., la Comisión procede ahora a transmitir su proyecto a los terceros países, sometiéndolo a consulta pública durante un periodo de dos meses -en el marco del Acuerdo MSF de la OMC-. Solo después el texto podrá ser votado por los Estados miembros y, a continuación,  publicado, en principio, antes del verano.

Cuando se consumen estas iniciativas de la Comisión Europea, podríamos estar ante un punto de inflexión, que no podemos sino acoger con enorme satisfacción y con la esperanza de que cunda el ejemplo para atender otras demandas y necesidades del sector de las frutas y hortalizas en relación con su protección fitosanitaria.

Para empezar, teniendo en cuenta la similitud de su situación, habrá que esperar que las autoridades comunitarias den el paso rápidamente de incluir entre los productos concernidos por la obligación de “cold tratment” al grupo de las mandarinas o los pomelos (que de momento se han quedado fuera, aunque son también hospedantes de la plaga) o a otros orígenes o a otras plagas.

En el mismo sentido, habrá que seguir peleando porque el refuerzo de las medidas de control y prevención fitosanitarias se completen también con la obligación de verificaciones en origen por parte de inspectores comunitarios.

 

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