Campaña vitivinícola 2022/23: dos nuevos contratos-tipo homologados de compraventa de uva para vino y de vino

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles 27 de julio sendas Órdenes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se modifica, por un lado, la homologación del contrato-tipo de compraventa de uva con destino a la transformación de vino, y, por otro, del contrato-tipo de compraventa de vino, que regirán durante las siguientes dos campañas vitivinícolas, la que se inicia este 1 de agosto (2022/23) y la que termina el 31 de julio de 2024 (final de la 2023/24).

Campaña vitivinícola 2022/23: dos nuevos contratos-tipo homologados de compraventa de uva para vino y de vino

El motivo en ambos casos la adecuación del citado contrato-tipo  de compraventa al vigente contenido de la Ley 12/2013, de 2 de agosto de medidas para la mejora del funcionamiento de la cadena alimentaria.

La Orden APA/708/2022, de 19 de julio, por la que se modifica el anexo de la Orden APA/804/2021, de 16 de julio, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de uva con destino a la transformación en vino que regirá durante las tres campañas vitivinícolas, incluye las cláusulas del mismo: objeto del contrato; precio; forma de pago y facturación; condiciones de entrega; recepción y control; recolección y transporte; tratamientos fitosanitarios; incumplimientos; extinción; Comisión de seguimiento en el seno de la OIVE: funciones; resolución de conflictos; protección de datos; información que deben suministrar las partes, y otros acuerdos.

Este contrato debe ser firmado por triplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha que se indiquen por el vendedor de la uva, por el comprador y, además este último deberá enviar a la Organización Interprofesional del Vino de España (OIVE), en el plazo de 15 días tras la firma del contrato, copia escaneada de un ejemplar del contrato a la dirección de correo electrónico contratosoive@tragsa.es.

Por otro lado, el BOE de este miércoles 27 de julio recoge también la Orden APA/709/2022, de 19 de julio , por la que se modifica el Anexo de la Orden APA/805/2021, de 16 de julio, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de vino que regirá durante tres campañas vitivinícolas.  

Las cláusulas de este contrato-tipo incluye: objeto del contrato; duración del contrato y renovación; precio; calendario de entregas; toma de muestras; condiciones de pago, garantías; responsabilidad por incumplimientos; cesión del contrato; modificación del contrato; extinción del contrato; Comisión de seguimiento en el seno de la OIVE: funciones; resolución de conflictos; protección de datos; información que deben suministrarse las partes, y otros acuerdos.

Como en el caso anterior, el contrato-tipo deben firmarlo por triplicado comprador y vendedor y este último debe enviar una copia escaneada, en el plazo de 15 días tras la firma del contrato al correo electrónico contratosoive@tragsa.es.

 

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