AICA publicita 23 nuevas sanciones a 18 empresas agroalimentarias por incumplir preceptos de la Ley de la Cadena

AICA publicita 23 nuevas sanciones a 18 empresas agroalimentarias por incumplir preceptos de la Ley de la Cadena

La Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) ha impuesto en el tercer trimestre del año un total de 23 sanciones a 18 empresas del sector agroalimentario por importe de75.750 euros por incumplir determinados preceptos de la Ley 12/2013 de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.

La mayor cuantía de las sanciones firmes envía administrativa y/o judicial es de 5.740,39 euros y la empresa infractora es Vins Font S.A. por incumplimiento de los plazos de pago.

 

La mayor cuantía de las sanciones firmes envía administrativa y/o judicial es de 5.740,39 euros y la empresa infractora es Vins Font S.A. por incumplimiento de los plazos de pago.

Este precepto legal sigue siendo uno de los más sancionados, pues afectó a 14 de las 23 sanciones impuestas, con una cuantía mínima de 1.800,60 euros por sanción y máxima de 3.977,34 euros impuesta a Olis Bargalló S.A., aunque la más habitual es de 3.001 euros.

Además, en su publicación trimestral, AICA informó de sanciones por no formalizar por escrito contratos alimentarios a otras 6 empresas (Aceites Baos S.A.; Frutos Secos Medina S.L, Ibérica de Patatas Selectas S.L, Intermediaciones Cerrato S.L. y Servicios Agrícolas  Santeños S.L.), con sanciones de 1.800,60 euros y 3.001 euros, así como por realizar modificaciones del precio incluido en el contrato, que no estaban expresamente pactadas de antemano (Frutas Severa S.A. con 3.001 euros de sanción); por no incorporar  en el contrato alimentario el precio recogido en el artículo 9.1.c de la citada ley (Import-Export Candaya Frutas S.L., con 3.001 euros de sanción, y a Mostos Españoles S.A., con 1.800,60 euros de sanción)

Esta Agencia recuerda que en el apartado 6 del artículo 1 del RD-ley 5/2020, de 25 de febrero, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación, aprobado por la Ley 8/2020, de 16 de diciembre, introdujo un nuevo artículo 24 bis, relativo a la publicidad de las resoluciones sancionadoras en materia de contratación alimentaria en la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria con el siguiente contenido:

“Artículo 24 bis relativo a la publicidad de las resoluciones sancionadoras en materia de contratación alimentaria.

Posteriormente, la Ley 16/2021, de 14 de diciembre, por la que se modifica la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria modificó la redacción del artículo 24 bis de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, siendo actualmente la redacción vigente:

Artículo 24 bis. Publicidad de las resoluciones sancionadoras en materia de contratación alimentaria.

“1. La Administración pública competente para la imposición de las sanciones publicará, con carácter trimestral, las sanciones impuestas por infracciones graves y muy graves en materia de contratación alimentaria que hayan adquirido firmeza en vía administrativa o, en caso de haberse interpuesto recurso contencioso-administrativo, en vía judicial. En la publicidad de las mismas se incluirá la identificación del infractor, la sanción impuesta y la infracción sancionada. En el caso de las sanciones que imponga la Administración General del Estado, esta publicidad se dará por medio de la página web de la Agencia de Información y Control Alimentarios, O.A.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar funcionamiento de la cadena alimentaria, corresponde a la Administración General del Estado la competencia sancionadora en los supuestos previstos en dicho precepto, pudiendo imponer las sanciones previstas en el artículo 24 de la citada ley.

En el ejercicio de dicha competencia sancionadora y de conformidad con lo establecido en el artículo 24 bis de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, AICA, O.A. publica en su página web las sanciones impuestas por infracciones graves y muy graves por la Administración General del Estado desde la fecha en que tales sanciones sean firmes en vía administrativa o en vía contencioso-administrativa.

En cumplimiento de esta obligación, la AICA da publicidad tras cada trimestre vencido a las sanciones impuestas por la Administración General del Estado, con expresa indicación del infractor, la sanción impuesta y la infracción sancionada.

Listado AICA: PUBLICIDAD_DE_SANCIONES_03_TERCER_TRIMESTRE_2023

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