Las limitaciones inherentes del régimen de pago básico de la PAC para los agricultores

El régimen de pago básico (RPB) para agricultores, introducido en 2015, en el marco de la reforma de la Política Agrícola Común (PAC) en 2013, tiene limitaciones inherentes, según un nuevo informe del Tribunal de Cuentas Europeo.

Las limitaciones inherentes del régimen de pago básico de la PAC para los agricultores

 Los auditores (www.eca.europa.eu) llegaron a la conclusión de que el régimen funciona desde un punto de vista operativo, pero tiene una repercusión limitada en la simplificación, la orientación y la convergencia de los niveles de ayuda.

El RPB tiene como finalidad ofrecer una ayuda básica a la renta para los agricultores y contribuir a la producción viable de alimentos en la UE, sin distorsionar las decisiones relativas a la producción. Con un gasto anual de alrededor de 18 000 M€ concedidos a unos cuatro millones de agricultores, es el mayor régimen de ayuda a la renta para agricultores de la UE.

La simplificación fue uno de los principios rectores de la reforma de 2013. Sin embargo, en las complejas normas de la UE sobre el RPB y la superficie subvencionable abundaban las opciones y excepciones, según los auditores.

Las reglas seleccionadas por los Estados miembros en ocasiones acentuaban la complejidad, aumentaban la carga para las Administraciones nacionales y permitían a algunos agricultores obtener beneficios inesperados.

La reforma amplió las categorías de superficies subvencionables porque los Estados miembros tenían enfoques diferenciados respecto a la definición de términos clave como «superficie agrícola» y «actividad agraria» para orientar mejor las ayudas a los agricultores «activos», pero también podía generar importantes problemas de aplicación.

Las opciones elegidas por los Estados miembros también afectaron significativamente al grado de redistribución de las ayudas, y los agricultores, en algunos casos, podían conservar niveles especialmente elevados de ayuda derivados de anteriores niveles de subvenciones.

Como régimen vinculado esencialmente a superficies más que a las rentas, las ayudas en virtud del RPB tienden en consecuencia a favorecer a las explotaciones de mayor tamaño, afirman los auditores.

En palabras de João Figueiredo, miembro del Tribunal de Cuentas Europeo responsable del informe, «el régimen de pago básico constituye una importante fuente de ingresos para numerosos agricultores, pero tiene limitaciones inherentes. No tiene en cuenta las condiciones del mercado, el uso de la superficie agrícola o las circunstancias individuales de la explotación, y no se basa en un análisis de la situación de la renta global de los agricultores».

 Control y riesgo

Los sistemas de control de los Estados miembros visitados redujeron en gran parte el riesgo de cálculos incorrectos y los pagos de las ayudas no estaban, en general, afectados por errores materiales.

Sin embargo, en algunos casos, los valores de los derechos eran inexactos, se calcularon solo provisionalmente o estaban basados en estimaciones. La Comisión facilitó a los Estados miembros amplias orientaciones, aunque no siempre pudo garantizar la aplicación coherente de  las normas y también carecía de información de seguimiento importante.

En cuanto al actual RPB hasta 2020, el Tribunal formula una serie de recomendaciones para la Comisión en relación con la asignación y el cálculo de los derechos del RPB, refiriéndose a los controles clave de los organismos pagadores nacionales, a los sistemas de la Comisión para divulgar la información entre los Estados miembros y al papel de los organismos de certificación.

Para el período posterior a 2020, el Tribunal recomienda que la Comisión analice los factores que afectan a la renta de todos los grupos de agricultores, sus necesidades de apoyo a la renta y el valor de los bienes públicos que proporcionan los agricultores.

La Comisión debería vincular desde un principio las medidas propuestas a objetivos operativos adecuados y a valores de referencia con los que se pueda comparar el rendimiento de las ayudas.

 El RPB se aplica en Bélgica, Dinamarca, Alemania, Irlanda, Grecia, España, Francia, Croacia, Italia, Luxemburgo, Malta, los Países Bajos, Austria, Portugal, Eslovenia, Finlandia, Suecia y el Reino Unido. Los demás Estados miembros, que se incorporaron a la UE en 2004 o en 2007, aplican un régimen de ayudas similar pero transitorio, el régimen de pago único por superficie (RPUS).

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