La CE autoriza la comercialización de un tipo de sal sódida, el beta-glucano de las «euglena gracilis» y un concentrado de proteínas

La CE autoriza la comercialización de un tipo de sal sódida, el beta-glucano de las «euglena gracilis» y un concentrado de proteínas

La Comisión Europea (CE) ha autorizado la comercialización de tres nuevos alimentos dentro de la Unión Europea (UE): un tipo de sal sódida, el beta-glucano procedente de las microalgas «euglena gracilis» (paramilo) y un concentrado de proteínas.

Así consta en los reglamentos publicados este miércoles en el Diario Oficial de la UE (DOUE).

En el primer caso, se trata de sal sódica de 3′-sialilactosa producida a partir de una cepa derivada de Escherichia coli W (ATCC 9637) y cuya solicitud de comercialización fue realizada en 2021 por la empresa Kyowa Hakko Bio.

Esta compañía pidió usar este nuevo alimento en productos lácteos pasteurizados y esterilizados sin aromatizar, formulaciones a base de leche fermentada sin aromatizar y aromatizadas, bebidas aromatizadas, barritas de cereales o preparados para lactantes, entre otros.

Tras la aprobación de la CE, sólo Kyowa Hakko Bio podrá comercializar este alimento en la UE durante un período de cinco años, a partir del 30 de abril de 2024.

En lo que respecta al beta-glucano procedente de las microalgas «euglena gracilis», fue solicitada la autorización en 2019 por la empresa Kemin Foods, que podrá comercializarlo en la UE durante cinco años a partir del 30 de abril de 2024, a menos que un solicitante posterior obtenga una autorización para ese nuevo alimento siguiendo las directrices establecidas para ello.

En su solicitud, Kemin Foods pidió que el beta-glucano se utilizara en alimentos como barras de cereales y los sustitutivos de la dieta completa para el control de peso, los complementos alimenticios, el yogur, los zumos o los refrescos, entre otros.

Finalmente, la CE ha autorizado el concentrado de proteínas procedente de «lemna gibba» y «lemna minor», tras la petición remitida en 2018 por ABC Kroos B.V., que será la única firma que podrá comercializarlo en la UE, desde el 30 de abril de este año, a menos que un solicitante posterior obtenga una autorización.

ABC Kroos B.V. requirió que el nuevo alimento se utilizara en bases de bebidas en polvo, barritas de cereales de cereales, pan, panecillos, fideos para la población general y complementos alimenticios sólo para la población adulta.

Los dictámenes científicos de la CE para los tres nuevos alimentos concluyeron que eran seguros en las condiciones de uso propuestas.

reglamento_comercialización de beta-glucano

reglamento_comercialización de sal monosódica de ácido L-5-metiltetrahidrofólico

reglamento_comercialización de sal sódica de 3′-sialilactosa

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