¿Cuáles son los requisitos a cumplir para ser “agricultor activo” en la nueva PAC 2023-27?

¿Cuáles son los requisitos a cumplir para ser “agricultor activo” en la nueva PAC 2023-27?

El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha actualizado por tercera vez y completado aún más su informe de “Preguntas más frecuentes” sobre la figura jurídica del “agricultor activo”, cuyo cumplimento esencial para la percepción o no de los pagos directos de la próxima Política Agraria Común (PAC) del periodo 2023-2027.

Estas “Preguntas más frecuentes” pretenden explicar los cambios aportados por la PAC del nuevo periodo de programación y responder a algunas de las cuestiones más recurrentes sobre esta materia.

Su fin es ayudar a las autoridades competentes (CC.AA.), entidades colaboradoras, como las organizaciones agrarias, cooperativas, asociaciones sectoriales…etc., y a los potenciales beneficiarios de las ayudas de la PAC a aplicar la nueva normativa.

Este informe se facilita únicamente con fines informativos y su contenido no sustituye las normas jurídicas aplicables.

En el artículo 7 del proyecto de real decreto de intervenciones del Plan Estratégico nacional de la PAC (PEPAC) se establece que se considera cumplido automáticamente el requisito de agricultor activo si en el año anterior se ha percibido al menos 5.000 euros, por lo cual no será necesario verificar las otras condiciones, como son que no realice actividades  excluidas como actividad principal; que está afiliado en el régimen correspondiente a la Seguridad Social y que el 25% de sus ingresos totales, incluidas las ayudas PAC, son ingresos agrarios.

Además, para evitar operaciones consideradas de naturaleza especulativa, la autoridad competente puede verificar si el considerado “agricultor activo” es titular de una explotación agraria situada en territorio español; si ejerce la actividad agraria, directa o indirectamente, pero siempre bajo su control efectivo, y si asume el riesgo empresarial de la actividad agraria desarrollada.

En la actualización de este informe, el FEGA incluye en “color verde” los nuevos cambios sobre las consideraciones acerca de la figura y definición de “agricultor activo” en relación con la versión anterior.

Nuevo informe: PMF1-Agricultor_activo_V3_23-11-22

Foto: CE.

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