Bruselas rechaza frenar o prohibir las importaciones preferenciales de arroz pese al golpe militar en Myanmar

La Comisión Europea rechaza, por el momento, limitar o prohibir el volumen de importaciones preferenciales de arroz, que entra al mercado europeo sin aranceles, procedentes de Myanmar (antigua Birmania), a pesar del golpe militar y la represión contra la población civil.

Bruselas rechaza frenar o prohibir las importaciones preferenciales de arroz pese al golpe militar en Myanmar

En una respuesta escrita a los eurodiputados socialistas españoles, Ignacio Sánchez Amor, Inmaculada Rodríguez-Piñero y Clara Aguilera, el comisario de Comercio y vicepresidente ejecutivo de la Comisión Europea, Valdis Dombrovskis, señala que el Consejo impuso ya medidas restrictivas a once personas responsables del golpe militar y de la subsiguiente represión militar y policial contra manifestantes pacíficos.

No obstante, añade, “todos los demás instrumentos a disposición de la UE serán objeto de revisión, procurando al mismo tiempo evitar medidas que puedan afectar negativamente a la población de Myanmar/Birmania, especialmente a los más vulnerables.”

En su respuesta, Dombrovskis recuerda que la UE concede unilateralmente a Myanmar/Birmania acceso libre de derechos y contingentes a su mercado, en virtud del Reglamento (UE) n.º 978/2012 (el Reglamento Sistema de Preferencias Generalizadas -SPG) , con el objetivo de fomentar un desarrollo económico, social y medioambiental sostenible y erradicar la pobreza.

Y en este sentido, añade, “la retirada temporal de las preferencias (artículo 19) y las salvaguardias generales del SPG (artículo 22), según lo previsto en el Reglamento SPG, son medidas completamente diferentes.

En particular, “las salvaguardias responden a las razones imperiosas de urgencia relacionadas con el deterioro de la situación económica o financiera de los productores de la UE. Esta es la razón por la que en enero de 2019 se introdujeron medidas de salvaguardia para contrarrestar este deterioro, en particular por lo que se refiere a las importaciones de arroz Índica (o largo) procedentes de Camboya y Myanmar/Birmania.”

Estas medidas, recalca la CE, siguen en vigor hasta enero de 2022.

Además, “la Comisión ha seguido de cerca el nivel de las importaciones de arroz en la Unión, incluido el arroz Japónica (o redondo), así como la situación económica de los productores de arroz de la UE.”

En caso de que se produzcan nuevas distorsiones en el mercado de la UE, las medidas de salvaguardia con arreglo al artículo 22 son el instrumento político adecuado que debe utilizarse.

Y concluye que “la Comisión examinará cualquier solicitud debidamente justificada e iniciará una investigación si está justificado sobre la base de las pruebas aportadas, y adoptará una propuesta para revisar el marco jurídico del SPG más adelante en 2021.

En su argumentario, los eurodiputados socialistas señalaban que “el reciente golpe de Estado en Myanmar supone el último capítulo de una larga saga de violaciones de derechos y libertades fundamentales. Estas graves transgresiones se llevan cometiendo desde 2011. Ya bajo el Gobierno depuesto se llevaron a cabo operaciones de limpieza contra grupos étnicos de intención genocida según diversos informes de organismos internacionales, y el nuevo régimen militar solo asegura una mayor escalada de estas vulneraciones en el país.”

Asimismo, recalcaban que “el artículo 19, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 978/2012 establece la retirada temporal de los regímenes preferenciales del TMA (“Todo Menos las Armas”) por el incumplimiento de convenios internacionales en materia de Derechos Humanos.

También consideran reseñable “el impacto que la importación de arroz desde Myanmar bajo el régimen TMA, especialmente de la variedad Japónica (o redondo), tiene en los productores de la UE, principalmente en España (en regiones como Extremadura, Andalucía y la Comunidad Valenciana) e Italia, que han visto el precio de sus producciones derrumbarse con el aumento del 33 % de las importaciones en el último lustro.”

Por estos motivos, preguntaban a la CE si tenía pensado “activar la retirada temporal del TMA con arreglo al artículo 19 del Reglamento (UE) n.º 978/2012, dado que no lo ha hecho por distorsión del mercado y, si así fuese, cuándo lo iba a hacer.”

Además, cuestionaba a la Comisión sobre las acciones más apropiadas que  adoptará para proteger a los productores comunitarios de arroz, tras las fuertes caídas de los precios, debido al incremento de las importaciones libres de aranceles de este origen.

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