Entran en vigor los reglamentos de la UE que introducen cambios en las DD.OO.

Ya están en vigor los reglamentos de la Unión Europea que introducen el nuevo mecanismo de modificación de los pliegos de condiciones de las denominaciones de origen de vino, simplificándolo y agilizándolo. CECRV, que viene siguiendo la preparación del nuevo reglamento desde hace más de dos años, valora satisfactoriamente el cambio. 

Entran en vigor los reglamentos de la UE que introducen cambios en las DD.OO.

El pasado lunes entró en vigor el Reglamento Delegado UE 2019/33 y su correspondiente Reglamento de Ejecución UE 2019/34, que regulan los procedimientos ligados a las DOP e IGP (registro, oposición, cancelación…), a las menciones tradicionales, así como determinadas disposiciones en materia de presentación y etiquetado. Dichos reglamentos sustituyen al reglamento de la Comisión Europea que hasta el momento regulaba estas disposiciones, que quedan en su gran mayoría salvaguardadas.

La gran novedad de los nuevos reglamentos recientemente aprobados y publicados estriba en que establecen un nuevo mecanismo para la modificación de los pliegos de condiciones, que se agiliza, moderniza y abrevia y para el que se deja mayor capacidad de decisión a los Estados miembro.

La Conferencia Española de Consejos Reguladores Vitivinícolas (CECRV), organización que representa a las denominaciones de origen de vino a nivel nacional, y EFOW, que lo hace ante las instituciones de la UE, han seguido muy de cerca el proceso de gestación y elaboración de los nuevos reglamentos. CECRV se muestra muy satisfecha con el nuevo mecanismo de modificación de pliegos, ya que en palabras de su presidente, David Palacios, permite a las DD.OO. adaptarse más rápidamente a las necesidades del mercado, tanto nacionales como internacionales, así como responder mejor a los desafíos medioambientales.

El presidente de CECRV explica que “CECRV viene demandando la simplificación de este procedimiento desde hace más de dos años. Cabe agradecer a la administración nacional y a las instituciones europeas el trabajo llevado a cabo para facilitar que los operadores puedan ver satisfechas las demandas de modificación de los pliegos de condiciones de sus DD.OO. de forma más rápida y con trámites más sencillos”.

 

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