La UE opta por la producción de abonos más respetuosos con el medio ambiente

Los representantes permanentes de la Unión Europea (Coreper) aprobaron un acuerdo con la Eurocámara sobre nuevas normas para la introducción de productos fertilizantes en el mercado comunitario

La UE opta por la producción de abonos más respetuosos con el medio ambiente

En concreto, el reglamento armoniza las normas para los fertilizantes producidos a partir de materias primas orgánicas o secundarias  no importadas, en consonancia con el modelo de economía circular, transformando los residuos en nutrientes para los cultivos y abriendo nuevas posibilidades de producción a gran escala.

Además, fija límites armonizados para una serie de contaminantes presentes en los fertilizantes minerales, como el referido al cadmio en los fertilizantes fosfatados.

Al respecto, se acordó bajar de los actuales límites de 90 mg de cadmio por kilo de P205 a 60 mg/kilo en los fertilizantes fosfatados con marcado CE, a partir de la fecha de aplicación obligatoria del reglamento, que será a los tres años de su entre en vigor. La intención inicial del Parlamento Europeo era ir hacia una reducción progresiva del límite de este contaminante para llegar hasta los 20 mg/kg de cadmio en el plazo de 16 años.

De forma voluntaria podrá etiquetarse con la leyenda “Bajo en contenido de cadmio (Cd)” o similar, o con una representación visual a tal efecto para el producto fertilizante que tenga un contenido de cadmio inferior a 20 mg/kilo.

Igualmente, se acordó incluir en el reglamento una cláusula de revisión a los cuatro años para que la Comisión Europea pueda modificar los valores límite y ver si es viable volver a reducirlos.

El texto reglamentario apoya también la concesión de incentivos para el desarrollo de tecnologías que resten el  cadmio y para gestionar los desechos o residuos peligros ricos en este mineral.

Para Elisabeth Köstinger, ministra federal de Sostenibilidad y Turismo de Austria y presidenta semestral del Consejo de la UE, el nuevo reglamento permitirá la introducción en el mercado de una gran variedad de fertilizantes innovadores y más respetuosos del medio ambiente y, en este sentido, los fabricantes y los agricultores, pero también los consumidores de productos agrícolas, saldrán beneficiados por el aumento previsto de la productividad agrícola, así como por la presencia de unos suelos más limpios.

Requisitos

De acuerdo con el proyecto de Reglamento, los fertilizantes de la UE, que lleven el marcado CE, habrán de cumplir una serie de condiciones para acogerse a la libertad de circulación en el mercado interior comunitario.

Entre estos requisitos cabe citar niveles máximos obligatorios para contaminantes; el empleo de categorías de materiales componentes definidas y requisitos de etiquetado. Los fabricantes de fertilizantes que no lleven el marcado CE tendrán aún la posibilidad de comercializar sus productos, pero solo a escala nacional.

En la actualidad, las normas vigentes sobre fertilizantes en la Unión Europea cubren principalmente los fertilizantes convencionales, extraídos habitualmente de minas o fabricados mediante procesos químicos.

La nueva propuesta, que sustituirá al actual Reglamento de 2003, relativo a los abonos, incluye todos los tipos de fertilizantes (minerales, orgánicos, enmiendas del suelo, medios de cultivo, etc.), y promueve también un mayor uso de materiales reciclados para producir estos insumos, lo que contribuirá a desarrollar la economía circular y a reducir la fuerte dependencia de nutrientes importados.

Asimismo, pretende facilitar el acceso al mercado de fertilizantes orgánicos innovadores, con lo que las opciones de agricultores y consumidores sería más amplia, además de promover la innovación “verde” y establecer para los fertilizantes con marcado “CE”, es decir que puedan comercializarse en todo el Mercado Único, criterios de calidad, seguridad y medioambientales a nivel comunitario.

El reglamento, ahora acordado, comenzará a aplicarse a los tres años de su entrada en vigor y el proyecto tendrá que ser adoptado formalmente aún por el Parlamento Europeo y por el Consejo Europeo y entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la UE (DOUE).

 

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