Preocupación porque se pueda retrasar la aplicación de la Ley de integración cooperativa

Preocupación porque se pueda retrasar la aplicación de la Ley de integración cooperativa

El Tribunal Constitucional comunicó al Departamento de Agricultura de la Generalitat catalana la sentencia en que estima el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra los artículos 3.2 y 3.3 y 5 de la Ley 13/2013, de 2 de agosto, de fomento de la integración de cooperativas y otras entidades asociativas agroalimentarias por un conflicto de competencias en el ámbito de las limitaciones estatales en materia económica.

Cooperativas Agro-alimentarias de España defiende que, tratándose de una Ley que fomenta la constitución de entidades de ámbito supra-autonómico, la única forma de asegurar el cumplimiento homogéneo de las finalidades previstas en la misma, es que el reconocimiento de las Entidades Asociativas Prioritarias, (EAPs), siga llevándose a cabo por el Magrama, si bien, esto puede realizarse con la debida consulta, coordinación y colaboración de las comunidades autónomas afectadas.

Teniendo en cuenta que las EAPs deben tener necesariamente actividad económica y base social en más de una CC.AA., Cooperativas entiende lógico que su reconocimiento se lleve a cabo por parte del Ministerio. ‘Trasladar esta competencia de manera exclusiva a las comunidades autónomas puede conducir a la inoperancia de la Ley y al fracaso en la consecución de sus objetivos’.

Por otra parte, Cooperativas Agro-alimentarias de España no entiende el porqué de este fallo, cuando otras cuestiones de carácter supraautonómico, como por ejemplo, las denominaciones de origen cuyo territorio abarca a más de una comunidad autónoma, se gestionan desde la Administración General del Estado, como parece lógico, por afectar a más de una de ellas.

‘La decisión del Tribunal Constitucional, en modo alguno cuestiona los elementos sustanciales de la Ley, como son el objeto y los fines -fomentar la integración de las cooperativas y la potenciación de grupos comercializadores de base cooperativa, capaces de operar en toda la cadena alimentaria, tanto en los mercados nacionales como en los internacionales y que contribuyan a mejorar la renta de los agricultores-, las condiciones para el reconocimiento de Entidades Asociativas Prioritarias, las ayudas y beneficios para fomentar esta integración y la financiación de las ayudas, que reposan en el Programa Nacional de Desarrollo Rural’.

Por ello, Cooperativas Agro-alimentarias de España solicita a las administraciones que pongan en marcha los procedimientos administrativos necesarios para su correcta coordinación, y pide que esta circunstancia no sea causa de un retraso en la aplicación de esta importante Ley, y mucho menos de cuestionar las medidas de fomento de la integración cooperativa previstas en el Programa Nacional de Desarrollo Rural.

 

Desarrollado por eMutation New Media.