Nuevas bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas a las ADSG

Nuevas bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas a las ADSG

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica la normativa vigente sobre subvenciones estatales destinadas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera (ADGS), para actualizar sus bases reguladoras y adaptar su contenido a las nuevas normas de la Unión Europea en esta materia.

Estas ayudas tienen como objetivo compensar los costes de las actuaciones de prevención, control, lucha o erradicación de enfermedades de los animales, incluidas en programas sanitarios.

Podrán optar a ellas las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera oficialmente reconocidas por las Comunidades Autónomas, que estén integradas por explotaciones también reconocidas por los órganos competentes de las CCAA e inscritas en el Registro nacional.

Una de las novedades de la nueva norma es la clarificación de la compatibilidad de las ayudas con los seguros agrarios.

Estas subvenciones, deberán destinarse a financiar la ejecución, por parte de las Agrupaciones, de los programas sanitarios comunes relacionados con la lista de enfermedades animales y zoonosis de la Organización Mundial de Sanidad Animal y de las enumeradas por el Parlamento Europeo y el Consejo.

También cubrirán los controles sanitarios, las pruebas diagnósticas, los análisis de laboratorio, la compra y administración de vacunas, medicamentos veterinarios, biocidas y otros productos zoosanitarios, incluidos los gastos de la actuación profesional de los veterinarios de las Agrupaciones.

Otros conceptos posibles para su aplicación son el sacrificio de animales o la destrucción de colmenas, y los gastos ocasionados por la destrucción de productos de origen animal, así como la limpieza y desinfección de la explotación.

En cuanto a la concurrencia de ayudas, una de las novedades de la nueva norma es la clarificación de la compatibilidad de las subvenciones con los seguros agrarios.

La gestión de estas ayudas correrá a cargo de los órganos competentes de las Comunidades Autónomas, que se encargarán de realizar la convocatoria de las subvenciones, así como de instruir el procedimiento, conceder las ayudas y notificarlas.

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