España mantendrá la actual figura del agricultor activo tras aprobarse el Reglamento Ómnibus

El Gobierno, tras consultar al sector y a las comunidades autónomas, no modificará la actual figura de "agricultor activo", un requisito que tienen que cumplir los productores y ganaderos para poder solicitar cada año los pagos directos de la Política Agrícola Común (PAC). Así se desprende del borrador final del real decreto para modificar el ya existente 1075/2014 y que traspone parte de la reforma intermedia de la PAC aprobada a través del Reglamento Ómnibus -que entra en vigor el 1 de enero de 2018-, ya que no hace ninguna referencia en su articulado a esa figura.

España mantendrá la actual figura del agricultor activo tras aprobarse el Reglamento Ómnibus

En la actualidad, para ser considerado agricultor activo el solicitante de las ayudas debe acreditar que, al menos, el 20 % de sus ingresos agrarios totales son distintos de los pagos directos de la PAC.

Las organizaciones agrarias Asaja, COAG y UPA se han mostrado públicamente a favor de la continuidad de la definición actual, ante la flexibilidad en su enunciado introducida por Bruselas con la aprobación del capítulo agrícola en el marco financiero plurianual.

En concreto, el Reglamento Ómnibus -cuyos reglamentos delegados aún tienen que ser publicados en el Diario Oficial de la Unión Europea- permite que la consideración de un productor o ganadero como «agricultor activo» sea opcional a partir del 1 de enero de 2018 por parte de cada Estado miembro.

La nueva disposición española, que modificará el Real Decreto 1075/2014 sobre pagos directos, desarrollo rural y otros regímenes de ayudas, aún está pendiente de su aprobación por el Consejo de Ministros y su posterior publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) antes del 31 de diciembre.

El texto del borrador se centra en la ampliación del espectro de los pastos permanentes, las superficies de interés ecológico y el aumento de las ayudas a los jóvenes agricultores.

Desde Asaja, su director de relaciones internacionales, Ignacio López, ha calificado de «bastante interesante» que las medidas de la superficie de interés ecológico dedicada a cultivos que capten nitrógeno se unifican con el resto, a efectos de coeficiente de ponderación.

Como ejemplo ha apuntado que una hectárea de leguminosa computada como 0,7 hectáreas de barbecho ahora se equipara una a una, lo que hace más sencillo para el agricultor el cálculo de la superficie a la hora de hacer las prácticas agrícolas que tenía programadas.

Para el director técnico de COAG, José Luis Miguel, «quizá lo más sustancioso» del texto será lo relativo a las ayudas a «los agricultores jóvenes, que a partir de ahora podrán recibir un pago directo más elevado dentro de su primera instalación».

Según Miguel, se duplica la ayuda del 25 % al 50 % del valor de los derechos de pago básico del joven agricultor, y se flexibiliza su percepción, ya que se podrá recibir durante cinco años consecutivos desde la primera solicitud.

La vicepresidenta general de UPA, Montserrat Cortiñas, ha explicado a Efeagro que el nuevo real decreto modifica la definición de pastos permanentes para que se puedan considerar elegibles los pastos arbustivos y arbolados de las zonas mediterráneas, «un logro importante para el sector ganadero español; aquí las vacas pastan debajo de los árboles y parece que la CE ya lo ha entendido».

Considera «muy mala noticia» la flexibilización en la definición de «agricultor activo» -porque «puede indicar la tendencia en futuras reformas»-, pero cree positivo que el Ómnibus posibilite condicionarla a un registro nacional bien fiscal o de la Seguridad Social.

El borrador también incluyen nuevos tipos de superficies de interés ecológico, como las superficies con Miscanthus, Silphium perfoliatum y las tierras en barbecho para plantas melíferas.

 

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